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Exoneración con plan de pagos tras liquidación automática en concurso consecutivo

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El Tribunal Supremo (TS) analiza el caso de una persona física (no empresaria) que acaba en un concurso consecutivo tras fracasar un acuerdo extrajudicial de pagos. Ese concurso se declaró cuando todavía regía la normativa anterior a la reforma de la Ley Concursal de 2022, que en este tipo de concursos llevaba casi “en automático” a abrir la fase de liquidación. Más tarde, ya con la reforma en vigor, el deudor pidió la exoneración de las deudas (la “segunda oportunidad”) pero por la vía del plan de pagos, porque quería conservar su vivienda habitual, que estaba gravada con hipotecas que prácticamente se “comían” todo su valor.

La cuestión era si el hecho de que se hubiera abierto la liquidación por la normativa antigua impedía, por sí solo, optar después por la exoneración con plan de pagos prevista en el sistema reformado. El TS rechaza una interpretación rígida que cierre esa puerta automáticamente, porque iría contra el sentido de la segunda oportunidad y la finalidad que inspira el régimen actual.

Ahora bien, el TS deja claro que no basta con “llamar plan” a cualquier propuesta. Un plan de pagos, para ser válido, tiene que incluir un contenido mínimo como es un calendario de pagos de los créditos exonerables que el deudor se compromete a atender. En este asunto, las propuestas presentadas (incluida la modificada por la administración concursal) no incorporaban ese pago de créditos exonerables, se centraban en recalcular cuotas hipotecarias y pagos vinculados a deuda garantizada vencida, lo que no sustituye el requisito esencial del plan. Ese defecto fue decisivo para desestimar la exoneración por esta vía.

Además, el TS precisa que en supuestos de “concurso sin masa” (por ejemplo, vivienda sin valor realizable para acreedores por estar totalmente cubierta por cargas), la exoneración puede encauzarse como exoneración tras liquidación o fórmula equivalente, sin depender de un plan de pagos para conservar el bien.

Si usted se encuentra en una situación similar a la descrita, nuestros profesionales pueden prestarle la oportuna asistencia y emprender cuantas acciones pudieran resultar pertinentes.

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